Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo de incidencia surgida en el juicio por PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, seguido por la Sociedad Mercantil, TIKY MOTORS, S.A, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui bajo el N° 37, Tomo A-54 de fecha 07 de Agosto de 1992, contra de FELIX RAFAEL PIÑERUA HURTADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° 5.189.572, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, que desde el 29 de Noviembre de 2005, fecha en la cual fue su ultima actuación de procedimiento, hasta la presente fecha. Así se decide.
Publíquese, regí.....