Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por Cumplimiento de Contrato de Cuentas en Participación incoara la sociedad mercantil Marcos Inversiones Renghi, C.A., en contra de la sociedad mercantil Servicios Aquira, C.A., ambas ya identificadas. Y así se decide.
En consecuencia de lo anteriormente decidido, se ordena al representante legal, de la sociedad mercantil Servicios Aquira, C.A., pagar al representante legal de la sociedad mercantil Inversiones Renghi, C.A., los siguientes conceptos:
1.- La cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SESENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 2.496.060,47), los cuales forman parte de la cantidad entregada para el financiamiento de la obra (Bs. 3.000.000,oo), menos las deducciones del pago de la .....