Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en aras del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Revoca el auto de fecha 08-11-18 (folio Nº 372), así como todo lo actuado a partir de esa fecha.