esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud incoada por ciudadana YASMIN DEL VALLE GARCIA VILLARROEL, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 10.040.875, domiciliada en la Avenida Jesús Subero, Urbanización Terracota, Calle Las Palmas, de la ciudad de El tigre, Estado Anzoátegui, actuando en su propio nombre, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar se le declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en virtud del fallecimiento de su esposo PEDRO JAVIER VILLARROEL URBAEZ, fallecido ab-intestato el 10 de Junio del año 2.011, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.457.517, a ella y a los hijos del Difunto .....