Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos CARLOS JAVIER SANCHEZ INFANTE Y MARIANA JOSÉ BAJOLDIN, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.839.419 y V-25.675.588, respectivamente, asistidos por la Abogada Zulay Josefina Yegres Chacon, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 35.675, disolviéndose el vínculo matrimonial contraído en fecha 11 de Diciembre de 2010, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, según consta en Acta Nº 325, Folio: 77, del año 2010. Así se decide.