Es por ello que esta Sala de Juicio Nro 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de guarda y custodia propuesta por Dra. MARY LOURDES FERRER, Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en representación de los adolescentes y niño GABRIEL ALBERTO, ANDRY JOSÉ, KARLINA NACARI Y CARLOS ALBERTO "GUAICARA TONITO", de dieciséis (16), trece (13), doce (12) y diez (10) años de edad, respectivamente, en contra de su madre BEATRIZ TONITO, y en consecuencia, ACUERDA que la madre tendrá y ejercerá la guarda y custodia de sus hijos, arriba mencionados, no sin recordarle que el padre, CARLOS ALBERTO GUAICARA, igualmente tiene el derecho irrenunciable e igualitario con la madre de asistir económicamente a sus hijos, de vigilar criar, educar, formar, y orientar moral.....