Se dictó y Público Sentencia interlocutoria Nº 11 en la cual se admite el presente escrito de reforma del juicio ejecutivo interpuesto en fecha 28/05/2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por la Abogada MARJORIE DE LOA ANGELES ALFONSO LEZAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro., V- 12.255.792, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 93.019, actuando en su carácter de Síndico Procurador del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, contra la contribuyente EQUIPOS PETROLEROS, C.A (EQUIPETROL).