Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA al ciudadano: ALFREDO ALEJANDRO MARQUEZ venezolano, cédula de identidad N° 18.127.208 natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha: 21/10/1987, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio, obrero hijo de los ciudadanos: JOSE MARQUEZ Y VILKIS URBANO, domiciliado en: CALLE INOS CASA Nª 15-92 GUAMACHITO, Barcelona, Estado Anzoátegui; Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, y el articulo 41 de la Ley orgánica de la Mujer a una Vida libre de Violencia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinal 3°, 4° y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, Líbrese Oficio Re.....