En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del penado ALFREDO JESUS ALVAREZ HERNANDEZ, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 6.098.392, obrero, hijo de Rigoberto Hernández y Carmen Alvarez, a cumplir pena de SIETE (07) AÑOS, Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO , por la comisión del delito de VIOLACION, penado en el artículo 375 ordinal 1º del Código Penal, por cumplimiento de pena, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal.
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Caracas y Barcelona, a objeto que eliminen las posibles solicitud.....