En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a los ciudadanos de MARYURYS DEL VALLE PONCE JIMENEZ, JOSE LUIS PONCE ROJAS, IBRANIA CAROLINA PONCE ROJAS e YRIS MARINA JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.432.013, N° V- 17.729.673, N° V- 17.729.672 y N° V- 8.208.893, respectivamente, en su condición de esposa e hijos, SUS DERECHOS COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto, ciudadano JOSÉ LUIS PONCE RIVAS, q.....