DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con el articulo 269 eiusdem, como consecuencia de la solicitud de autorización para separarse del hogar , formulada por el ciudadano RAUL EDUARDO HERNANDEZ SALERNO, venezolano, mayor de edad, de profesión Ingeniero, de estado civil casado, portador de la cédula de identidad Nro. 8. 262. 737, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Pedro Luis Álvarez Farias, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41. 432.
Publíquese, regístrese, y agréguese a los autos.....