Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrador Judicial, en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Demanda al juicio de DIVORCIO, intentado por la Ciudadana ANA BELKIS CARDENAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad V- 4.067.779, debidamente asistida los Abogados en ejercicio JOSE EDUARDO SANCHEZ Y FRANCIS E. LEON, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad V-8.224.389 y V-11.421.328 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 50.375 y 95.482 respectivamente, en contra de el Ciudadano ANTONIO JOSE GUAIQUIRIAN MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad V-8.202.443.-