Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD de los ciudadanos MIGUEL CARRION, de nacionalidad Venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, nacido el 03 de Mayo de 1980, de 25 años de edad, Indocumentado, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Albañilería, hijo de GLADYS JOSEFINA CARRION (v) y EDDY GOLDE FRANCISCO DELGADO (v), domiciliado en la Calle Carabobo N° 24, Barrio las Delicias, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y DELIO ARELLAN DIAZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, nacido el 20 de Febrero de 1980, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.479.466, de estado civil soltero, de profesión u oficio vendedor de empanadas, hijo de GRIZANTA VALENTINO DIAZ (v) y ANTONIO ARRELLAN (v), domiciliado en Calle.....