Por lo antes expuesto, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, otorgándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, conforme fuere acordado por las partes la demandada hace entrega al demandante, de un vehículo de su propiedad de las siguientes características: Placa: 72L-BAC; Serial de Carrocería: AJF7WP11249, Serial del Motor: I 6 CIL.; Marca: FORD; Año: 1998; Color: Blanco; Clase: Camión; Tipo: Chasis; Uso: Carga; con un anexo de plataforma con grúa y doble cabina y, así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrar.....