en consecuencia este Tribunal tercero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, presentado por el ciudadano: por la ciudadana: CARMELI DEL VALLE VELASQUEZ GAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.369.271, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ARMANDO JOSE TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.459, mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal, en contra del ciudadano JORGE LUIS CUAREZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.248.575, domiciliado en Calle Urica, Casa Nº 27-37, Barrio Sucre, Municipio Simon Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde se encuentran invol.....