Ahora bien habiendo conciliado las partes y llegado a un convenimiento, solicitaron se le imparta la homologación. Se procedió a notificar a la mencionada Fiscal Undécima Especializada a los fines a los fines de que emita opinión en cuanto al convenimiento celebrado.
Riela al folio trece (13) opinión favorable de la Fiscalia, opinando que no tiene nada que objetar.
En virtud que la opinión Fiscal es favorable y no es contrario a los intereses del niño es pertinente homologar.
El convenimiento suscrito entre las partes procesales, esta manifiestamente expresado, no existiendo duda sobre su declaración pura y simple de voluntad, y dar por terminado el juicio y su respectiva homologación.
La Homologación judicial del convenimiento es un requisito sine quanon para que pueda considerarse terminada la causa y procederse como en cosa juzgada, y como quiera que la homologación encuentra su justificación en la necesidad de que el juez determ.....