Este Tribunal del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en razón de la documentación aportada con la solicitud en referencia, y a las declaraciones rendidas bajo juramento por los precedentemente mencionados ciudadanos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos JAIME JOSE PAZ CASTILLO LOPEZ y MARIALEJANDRA PAZ CASTILLO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-20.739.648 y V-20.739.647, respectivamente, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus, RAQUEL MARIA LOPEZ LLOVERA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.996.028, quien falleció ab-intestato en día siete (7) de junio de 2012, en la Ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, y según se evidenci.....