Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ABSUELVE al acusado, AQUILES JOSE TOCUYO HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.246.121, estado civil soltero, oficio obrero, fecha de nacimiento 03-12-1968, 36 años de edad, hijo de los ciudadanos TOMAS AQUILES TOCUYO y MARITZA HENRIQUEZ, residenciado en Sector 02, Calle 04, Casa N° 12, Barrio El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 278 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JOSE AGUILERA. Ahora bien, en lo que respecta a las costas del proceso; esta instancia considera que el Estado en su oportunidad tuvo motivos.....