Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° y único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 48, ordinal 7° Ejusdem, por haber cumplido a cabalidad con el régimen de condiciones impuestas por este Tribunal, en decisión de fecha 28-10-2010, con motivo de la Suspensión Condicional del Proceso, concedida al ciudadano JESUS MIGUEL SUAREZ, venezolano, Natural de Barquisimeto, Estado Lara, Donde Nació en fecha 14-07-1990, Residenciado en Calle Juncal entre Bolívar y Libertad, Edif.. Don Guigui, Apartamento 7-B, Puerto la cruz, Estado Anzoátegui, De 19 Años de Edad, titular de la Céd.....