DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la solicitud de una medida menos gravosa interpuesta por la DRA. SOLANGEL GONZLAEZ, en su condición de Defensora de Publica del imputado LEONARDO ANTONIO GOMEZ, identificado en autos, quien se encuentra Privado de Libertad por la presunta comisión de los delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de KEMBERLY DEL VALLE CALZADILLA, por cuanto no están llenos los presupuestos a que se refieren los artículos 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 264 Ejusdem. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase.