SE ACORDÓ: SUSTITUIR LA MEDIDA DE DETENCION JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en el articulo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta en fecha 31 de Agosto de 2017, por este Juzgado de Control Nº 01 Sección Adolescentes de éste Circuito Judicial Penal, al ciudadano: E.R.M.C., (SE OMITEN DATOS FILIATORIOS), por la Medida de Cautelar Sustitutiva; establecida en el articulo 582 Literal "C" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.; a quien se le sigue el presente proceso por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, en agravio de la ciudadana R.M.B, (Demás datos filiatorios omitidos) por los argumentos antes expresados; Todo de conformidad con los artículos 246 y 250 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por autorización expresa del artículo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en rel.....