IV
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, contentiva de Demanda de VÍA EJECUTIVA incoada por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO PRINCIPE, Asociación Civil inscrita en la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 19 de Septiembre de 1.995, anotada bajo el N° 15, folios 49 al 55, Protocolo Primero, Tomo 31, Tercer Trimestre del año 1.995, a través de su Apoderado Judicial, abogado en ejercicio LUIS SANTIAGO VELASQUEZ ACUÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.831, contra la Firma Mercantil ADMINISTRADORA Y SERVICIOS MECA, C.A., en la persona de su Director Principal, ciudadano FRANCESCO BOCCHINO TOLINO, venezo.....