este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana YELIX REYES, ya identificada, en contra de la sociedad mercantil RESTAURANTE CACHAPERA MI RANCHITO y la ciudadana VILMA MIRANDA, C.I. 4.914.002, en consecuencia, se condenan solidariamente a pagar la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON DIECISÉIS CÉNTIMOS (Bs. F. 9.950,16), más los intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación, conforme a la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar en fase de ejecución, mediante un experto contable que designará el tribunal por cuenta de la demandada.
Se condena en costas a las codemandadas, por haber vencimiento total en.....