sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, vista la anterior diligencia suscrita en fecha 08 de junio por el Abogado en ejercicio PASCUAL VELASQUEZ, en su carácter acreditado, en autos, y visto igualmente el contenido de la misma, este Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia se suspende la medida preventiva de embargo decretada por este Juzgado en fecha 15 de julio de 2005, se da por terminado el presente juicio, y se ordena la remisión del presente Expediente al Archivo Judicial,