Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD JULIO DOMINGO FIGUEROA CERMEÑO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.415.740, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 15/02/1972, de 36 años de edad, de estado civil Casado, hijo de los ciudadanos JULIO FIGUEROA y DAMIANA CERMEÑO, residenciado en LA CALLE ANDRES ELOY, CASA Nº 14, LA ADUANA, BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 Ordinales 3º y 4º, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 87 Ordinal 5° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, por encontrarlo responsable en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica.....