En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente DIVORCIO CONTENCIOSO, presentada por el ciudadano ROMMER RAFAEL UVA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.970.652, asistida por la Abogada en ejercicio NELLYS COROMOTO URBANO MEJIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.090, en contra de la ciudadana ROSA AURA HERNANDEZ CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.925.682, quien puede ser ubicado en la Calle Guayaquil, Casa No. 8-47 de la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui donde se encuentran involucrada la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de l.....