Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 471, en relación con lo dispuesto en los artículos 473 y 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se ejecuta la Sentencia Condenatoria dictada por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio Nº 1 en fecha 01 de julio de 2013 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, mediante el cual se condenó al penado; JHON JAIRO ORTEGA ALVAREZ, quien es Venezolano, titular del Numero de Cedula de Identidad V- 13.858.677, a cumplir la pena de; NUEVE (09) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, DE PRISIÓN MENOS LA REDENCION DE; DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES.....