Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos MARCOS ANTONIO RONDON BARRETO y CLARA SUNELIS VARGAS DE RONDON, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha NUEVE DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS (09 de Febrero de 1982), por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.-