En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente: NIEGA la solicitud interpuesta por el abogado JOSE ALVAREZ OTERO, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano CARLOS ENRIQUE FERMIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.685.543; mediante la cual la solicita la de Extensión de las Presentaciones Periódicas.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese a las partes y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.- En la Ciudad de Barcelona, a los seis (06) día del mes de Diciembre del año dos mil Dieciséis (2016).