Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: SIN LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana LUISA BENITA ROJAS PUCHETE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 3.171.526, mediante la cual requiere a este Juzgado la entrega de un vehículo propiedad de su mandante, cuyas características son las siguientes: Marca: Chevrolet, Modelo: Malibu; Color: Gris; Placa; 017-980, Tipo: Sedan; Clase: Automóvil; Año: 1982; Serial de Carrocería: D1W69ACV116634; Serial del Motor: ACV16634; Uso: Alquiler-Libre; en razón que no está demostrado en autos ni la propiedad, ni la posesión pacífica del inmueble toda vez que el Tribunal consideró que para apreciar o no la misma requería la información del Certificado de Propiedad de Vehículo, ello de conformidad .....