Por las razones antes expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de los imputados DORGELYS ALBERTO MARIN RODRIGUEZ, JHONNY ENRIQUE VELASQUEZ CAMPOS y RIVERO DIAZ SONY JACKSON, titulares de las cédulas de Identidad V- 17.901.647 y V-18.110.118; respectivamente, , por la comisión de uno de los Delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES), previsto y penado en el artículo 406 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ORTIZ ALCALA VICTOR JOSE. de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal designándose como centro de reclusión la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui.
Publíquese, regístrese, líbrese el oficio correspondiente, junto con la orden de apreh.....