DISPOSITIVA:
Ahora bien, vistas las actuaciones cursantes en la presente solicitud, como son: 1) Experticia realizada por el CICPC subdelegación Barcelona y 2) las declaraciones de los testigos, ciudadanos: ROGER JOSE BRITO POTURO y FRANK VENANCIO NAVARRO GUERRA, las cuales fueron debidamente analizadas y valoradas, es por lo este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los Artículos 12 y 937 del Código de Procedimiento Civil, 23 de la Ley de Transporte Terrestre y 94 y 95 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para asegurarle al ciudadano: OSCAR JOSE LEON PARRA, la posesión legítima que tiene sobre el vehiculo con las siguientes características: MARCA: NISSAN, Modelo SENTRA XE, Color BEIGE, Serial de Carrocería: 3N1DB41S4Y-K094183, Placas: SIN PLACAS, Tipo COUPE, Año: 2000, Uso: PARTICULAR, Serial de Motor: GA16-7170165, y ASI SE DECIDE.
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