En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana OSLIANNY NAZARETH OTERO HURTADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-23.997.168, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio OSBELYS NAZARETH OTERO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 198.830, en donde se encuentra involucrada, su hijo el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hijo del ciudadano JESUS GREGORIO FLORES NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identid.....