Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA, del Ciudadano: CRUZ ARGENIS SALAZAR ESPINOZA quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.568.749, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de los ciudadanos Cruz Alejandro Salazar y Maura Espinoza (V), residenciado Via Alterna, campo Claro Nº 01, calle Sucre Nº 2-23, Barcelona, Estado Anzoátegui.; todo de conformidad con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, y no encontrándose cumplidos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el presente asunto a la Fiscalía 9º del Ministerio Pública de este Estado, a l.....