En virtud de lo dicho anteriormente, toca ambas partes probar las causas que originaron la colisión y el agente causante de la misma, así como también los hechos que fueron objeto de debate o puntos controvertidos, en ese sentido se da como controvertido el hecho de la responsabilidad que pueda presentar el señor STIVIN JOSE HERNANDEZ PARAGUAN, en el accidente que hoy nos ocupa, igualmente se da como controvertido el hecho de cobertura de DAÑO MORAL, LUCRO CESANTE, así como también indización alguna o el pago de gastos de taxi y transporte, ya que ninguno de los anteriores conceptos, se encuentran probados en autos, bajo el entendido que tanto la defensa de fondo de falta de cualidad e interés para intentar y sostener el juicio, como la inadmisibilidad de la demanda, serán decididas por este Tribunal, como punto previo en la sentencia que resuelva el fondo de la cuestión debatida. Así se declara.
En base a todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia e.....