declara: 1.- PROCEDENTE la Medida Cautelar de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles que los Representantes del Fisco Nacional identificarán en el momento de la práctica de la medida, propiedad de la contribuyente Sociedad Mercantil "SUPPLY OFICINA MARGARITA, C.A." y de sus responsables solidarios ciudadanos, FRANCISCO FREGONA ZANELLA Y MILAGROS SALCEDO DE FREGONA, Venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.388.771 y V-6.479.207, quienes desempeñan los cargos de Directores de la mencionada Sociedad Mercantil, identificada con el R.I.F. Nº J-06507586-4, con domicilio Fiscal el la Calle Libertad, Qta. S/N, Sector Los Robles, Municipio Maneiro, Estado Nueva Esparta, conforme al Registro Mercantil protocolizado bajo el Nº 139, tomo IV. Adic. 2, de fecha 08 de Octubre de 1988, por ante la Oficina de Registro Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, interpuesta por los Abogados, MAGDALENA RODRÍGUEZ, JOSÉ JESÚS SIFONTES LARA Y CARMEN VIC.....