Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar el Recurso de Apelación incoado por el abogado Max Rafael Campos Marcano, actuando en su carácter de co-apoderado judicial, del ciudadano José Rafael Gómez Ainaga, ambos ya identificados, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 26 de abril de 2010, y en consecuencia, se REVOCA, el citado fallo en todas y cada una de sus partes. Y así se decide.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado completamente vencida en el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.