Con base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la falta de cualidad alegada por los demandados, en consecuencia, SIN LUGAR, la presente demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS; intentada por el ciudadano HERMES FORTUNATO ROJAS REBOLLEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.220.742, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YIDLANDY MARISOL PORTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 8.227.052; en contra de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO MENDEZ SANCHEZ Y ADONIS DEL CARMEN CHAVEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Números 12.575.118 y 4.816.413, respectivamente, y así se declara.-
Se condena en costas a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 274 del Código.....