en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ACUERDA, Darle entrada. Fórmese expediente y anótese en los libros respectivos y en consecuencia esta juzgadora observa lo siguiente: Que de la revisión de la presente causa se observa que la ciudadana EVYS TEODORA VASQUEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.873.319, no tiene cualidad de solicitante , y no cumple con los requisitos establecidos en el articulo 177 en concordancia con el articulo 456 de la Ley Orgánica Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes (LOPNNA) ya que carece de fundamento legal; en consecuencia, por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente, de la Circunscripción Jud.....