Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control Sexto del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa, por extinción de la acción penal a los ciudadanos ONORIO CELESTINO CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, Indocumentado; nacido el 15-04-75, de estado civil soltero, obrero, hijo de CARMEN CARVAJAL (f) y de ONORIO REQUENA, residenciado en vía Principal Mesones, casa sin número Barcelona; y VICTOR RAFAEL CARVAJAL CAMPOS, venezolano, natural de Barcelona, mayor de edad; de estado civil soltero, de profesión ú oficio indefinida, hijo de EMILIA CAMPOS y PABLO CARVAJAL, residenciado en calle Principal casa sin número Barrio Mesones Barcelona Edo. Anzoátegui; en el delito de HURTO CALIFICADO; previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinal 4° del Código Penal. Todo de conformidad con lo previsto en el.....