Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA ORDENAR LA CAPTURA del joven IDENTIDAD OMITIDA, quien es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 16 años de edad, fecha de nacimiento 09-09-1987, Titular de la C.I.N ° (no recuerda el número), soltero, hijo de IDENTIDAD OMITIDA, residenciado OMITIDO, Barcelona Estado Anzoátegui; en consecuencia líbrese la respectiva Orden de Captura y el Oficio correspondiente al citado ente Policial y notifíquese a las partes de lo decidido. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL N° 01, SECCION DE ADOLESCENTE
DRA. LIBIA ROSAS MORENO
LA SECRETARIA
ABG. ONEIMAR ROJAS