PARTE DISPOSITIVA
El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Le, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de JAIRO SALOMON CALLEJAS RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad N° 9.690.157, residenciado en la calle Chanchiying, casa S/N, de Altagracia de Orituco, y ABREU HILARIO ARTURO, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, soltero, con Cédula de Identidad N° 4.345.268, con residencia en la urbanización Colinas de COMORUCO, Qta. MI Ranchito, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELTO, cometido en perjuicio de RAFAEL RODRIGUEZ ROLINGSON, de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artícu.....