Decisión
De conformidad con el articulo antes señalado y probados como han sido los alegatos, y visto que no se amerita la tramitación de un Juicio ordinario en la presente solicitud, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios, Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara:
Primero: Rectificada el Acta de Matrimonio Nº170, de fecha siete (07) de Julio de Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1989), levantada ante el Registro Civil, de la Parroquia Pozuelos Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, en consecuencia se ordena al Registrador Civil de la Parroquia Pozuelos, estampar la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio antes señalada en el sentido que donde se indica la legitimación de sus hijos se corrija el nombre del ciudadano "Edjar Jose" por el .....