Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Declara CON LUGAR la DESESTIMACIÓN, solicitada por las Representantes de la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público de este Estado, DE LA DENUNCIA formulada por las ciudadanas (IDENTIDAD OMITIDA), en su carácter de Consejeras del Consejo de Protección del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en contra de la adolescente ISAMELIN OROZCO CORTEZ, SEGUNDO: Se ORDENA remitir copia certificadas de las presentes actuaciones a la Fiscalia Decimaséptima del Ministerio Público a los fines de que decida lo conducente, en cuanto a la presentación realizad por el ciudadano JUAN JOSE VASQUEZ RODRIGUEZ, quien manifestó en dicho acto que la niña que presenta.....