Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoado por el ciudadano WAI YUI FUNG NG, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro.15.416.715, en representación de los ciudadanos NG DE SHUM SUI HING, SHUM WAI CHANG, SICK FANG CHANG JOA y SHUI
SHEUNG DE CHANG, venezolanos, titulares de las cédulas de identidades Nros.V-10.286.544, V-8.349.320, V-3.669.602 y V-8.212.641, respectivamente, contra los ciudadanos KAM PO CHANG NG y FUNG DE CHANG FAI KUEN, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-13.253.524 y V-13.494.440
SEGUNDO: Se considera firme la medida preventiva de secuestro dictada en fecha 25 de noviembre de 20.....