DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la sustitución de la medida de privación de libertad por aplicación de medida cautelar sustitutiva de libertad, interpuesto por el abogado JUAN SEBASTIAN GARCIA, actuando como Defensor de confianza del imputado LEONARDO JOSE HERNANDEZ, a quien se le sigue el presente proceso penal, por su presunta participación en la comisión del delito de ROBO GENERICO y LESIONES PERSONALES GRAVES, previstos en los artículos 455 y 415 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano ALLAN YAMIR ALVAREZ HERNANDEZ, toda vez que no han variado las circunstancias que motivaron su decreto, todo de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.