este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Solicitud de Calificación de Despido intentada por el ciudadano JAVIER ARCIA en contra de la sociedad mercantil HUAWEI SERVICIOS, S.A., de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por no haber subsanado el libelo en el lapso previsto para ello.