Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la DEMANDA POR DESALOJO, interpuesta por la ciudadana NAYARIT JOSEFINA PERALES BONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.048.331, a través de su apoderada Abogada MARLUIS RIVERO RODRIGUEZ, en contra de los ciudadanos CARLOS MANUEL GONZALEZ VILLAHERMOSA y LILIANA MARIA MORENO DIAZ, ambas partes plenamente identificadas. En consecuencia, la parte Demandada deberá hacer entrega a la Actora del inmueble ubicado en la Cuarta Calle Sur Nº 10, Sector La Esperanza de esta ciudad de El Tigre, alinderado de la siguiente manera: Norte: casa que es o fue de Manuel Guzmán, midiendo sesenta y seis metros con setenta centímetros; Sur: casa que es o fue de Alejandrina de Ramos, midiendo setenta y cinco metros co.....