Con base a las razones de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano JOSE DONATO SAVIGNANI, su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil CONDOMINIOS DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA, parte demandada; contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 05 de agosto de 2.011.- Y así se decide.-
SEGUNDO: REVOCA la sentencia apelada de fecha 05 de agosto de 2.011.-
TERCERO: REPONE la presente causa que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales; intentara el ciudadano ALFREDO RAMON HERRERA SANCHEZ; contra la Sociedad Mercantil CONDOMINIOS DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA, todos ya identificados, al estado de nue.....