En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Juzgadora Abg. America Fermín, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, lo siguiente: PRIMERO: Se acuerda hacerle entrega a la ciudadana CRUZ DOLORES MACHADO CHACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.230.564, domiciliada en el Sector Buenos Aires, Urbanización Las Morochas, Casa Nº 10, 2da. Transversal, Barcelona, Estado Anzoátegui, un aumento de la mesada por concepto de manutención mensual a favor de la adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , de la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00) a la .....